Píldora legal GENCI sobre el RD 1055/2022 y gestión de envases
GENCI Píldora legal 23 – Fin de la Condición de Residuo (FCR) en operaciones de valorización
Si tu empresa participa en la gestión de residuos, esta Píldora legal te interesa.

¿Se consideran residuos los materiales resultantes de una operación de valorización? Esta es la pregunta que aborda la Subdirección General de Residuos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la nota interpretativa publicada hace unos días (semana del 22 de julio de 2024).
Para ello, parte de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 7/2022, que permite que los residuos sometidos a valorización (incluido el reciclaje) dejen de ser considerados residuos (FCR) si se cumplen cuatro condiciones específicas. El cumplimiento de las condiciones conlleva la existencia de una declaración formal al respecto.
En determinados casos, el material resultante podrá ser considerado producto directamente, sin necesidad de una declaración formal. En particular, conforme a las definiciones del artículo 2 de la Ley 7/2022, no se consideran residuos los materiales resultantes de las operaciones de:
- 🔹 Preparación para la reutilización, si cumplen con las normas técnicas y de consumo aplicables al producto en cuestión.
- 🔹 Reciclado (regeneración incluida), si el residuo se transforma para obtener un nuevo material, sustancia o producto que tiene características comparables a las del material no residuo al que sustituye, de manera que pueda utilizarse directamente en un proceso productivo, con la misma finalidad u otra diferente, sin poner en peligro la salud humana o el medio ambiente.
- 📌 Nota 1: En el anexo II de la Ley se incluyen como operaciones de reciclado las operaciones de tratamiento mecánico en las que el material resultante (granza de plástico, caucho reparado, chatarra, calcín o áridos) deja de ser considerado residuo.
- 📌 Nota 2: si el material resultante de la operación de reciclado no alcanza el fin de la consideración de residuo, esta operación se consideraría de tratamiento previo (R12) y el material seguiría estando sujeto al régimen de los residuos.
Para el resto de las operaciones de valorización distintas de las mencionadas se deberá asegurar formalmente que el material obtenido cumple las condiciones establecidas en el artículo 5 de la Ley. Entre otras, esto hace referencia a las operaciones de transformación de residuos para producir combustibles o materias primas que se utilicen para la fabricación de combustibles.
Si quieres saber más, el documento original incorpora una tabla con los códigos de las operaciones de valorización (anexo II de la Ley), incluidos en cada una de las operaciones mencionadas, excluyendo aquellos códigos donde no resulta de aplicación el FCR.
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