Píldora legal GENCI sobre el RD 1055/2022 y gestión de envases
GENCI Píldora legal 20 - Los envases que utiliza una empresa en su logística interna no están afectados por el RD 1055/2022
Hace unas semanas te explicamos cómo afecta la normativa de envases a las empresas de logística (Píldora legal 17). Esta vez, nuestra Píldora está dirigida a aquellas empresas que, en su operativa interna, transportan productos envasados entre instalaciones propias repartidas por el territorio nacional.

CONTEXTO:
Nos referimos al caso en el que una "central" y sus "delegaciones" forman parte de la misma sociedad y atienden al mismo NIF, de forma que:
- 📌 Tales movimientos no generan una factura y, a efectos fiscales, no se produce ninguna venta de producto.
- 📌 Se trata de desplazamientos internos de mercancía que generan documentos contables internos (albaranes, por ejemplo).
Por lo tanto, para esta casuística que estamos explicando, ¿qué envases estarían fuera del ámbito de la RAP de envases?
👉 Aquellos envases (palés, flejes, film de embalaje, etc.) que la empresa adquiere vacíos para usarlos internamente en el transporte de mercancía entre sus centros de trabajo.
Te recordamos que la comercialización de envases vacíos no está sujeta al régimen de RAP, puesto que es necesario que el envase acompañe a la comercialización de un producto.
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Desde GENCI seguimos ayudando a nuestras empresas a cumplir con las obligaciones de la nueva normativa de envases.
Como venimos haciendo, te mantendremos puntualmente informados –a través de nuestras GENCI Píldoras legales– de las novedades respecto a la aplicación de la Responsabilidad Ampliada del Productor a los envases comerciales e industriales