Píldora legal GENCI sobre el RD 1055/2022 y gestión de envases
GENCI Píldora legal Especial PPWR (3) - Nuevas obligaciones de marcado
Estamos dedicando una serie especial de nuestras Píldoras legales al nuevo Reglamento Europeo de Envases y Residuos de Envases (PPWR), cuyo cumplimiento será exigible a los 18 meses de su entrada en vigor (lo que se espera que ocurra a finales de 2024). En la tercera Píldora de esta serie especial, hablamos de las nuevas obligaciones de marcado de envases y de contenedores de recogida de residuos.

El Reglamento UE de envases establece nuevos requisitos de etiquetado e información (artículos 12 y 13) exigibles a los 42 meses de su entrada en vigor (48 meses en el caso del marcado de envases reutilizables).
Estos son los aspectos más destacables:
- ✔️ Información sobre la composición de materiales a fin de facilitar la separación de los residuos por el consumidor. Etiqueta obligatoria.
- 🔹Voluntariamente se podrá incluir un código QR con información sobre dónde deberá depositarse cada uno de los componentes del envase. Se exceptúan los envases de transporte y los sujetos a SDDR.
- ✔️ Envases sujetos a SDDR obligatorio según el Reglamento UE de envases. Etiqueta nacional obligatoria.
- 🔹Voluntariamente: etiqueta de color armonizada a nivel UE, salvo que la impongan obligatoriamente los Estados.
- ✔️ Envases reutilizables: obligatoria etiqueta que indique que el envase es reutilizable y código QR con información adicional sobre el sistema de reutilización que lo gestiona.
- ✔️ Contenido mínimo de material reciclado: marcado voluntario (etiqueta o código QR armonizados).
- ✔️ Envases incluidos en un SCRAP: obligatorio mediante código QR cuando así lo decida el Estado miembro.
- ❌ Se prohíbe usar etiquetas, marcas, símbolos o inscripciones que puedan inducir a confusión o error a los consumidores u otros usuarios en relación con los requisitos de sostenibilidad del envase, otras características del envase, o con las alternativas de gestión del residuo.
- ✔️ Marcado de contenedores: marcado obligatorio del recipiente empleado para la recogida de residuos con una etiqueta que facilite la recogida separada de cada fracción específica del material del residuo de envase.